En una modificación de un acuerdo anterior se le quita la guardia y custodia a la madre y se le da al padre. El régimen de visitas pasa a ser para la madre pero con la condición de que una tía de ella supervise siempre las visitas de la madre a la niña. Esta tía ahora por motivos de salud de ella y de un familiar tiene completamente imposible hacerse cargo de ello. El padre se niega a entregar la niña a la madre sin la presencia de la tía, aunque el problema por el que necesitaba estar supervisada ya ha desaparecido.
* ¿Por qué motivo se solicita el convenio regulador?
Modificación de un convenio regulador anterior
* ¿La pareja tiene hijos/as en común?
Sí
* ¿Qué aspectos se quieren tratar en el convenio regulador?
Las visitas de la madre a la menor tienen que estar supervisadas por una tercera persona. Esa persona, por motivos personales y familiares ya no va a poder seguir haciéndolo
* ¿Para cuándo se necesita el servicio?
En los próximos días
Preferencia para el servicio: El mejor precio