Para empresa de Servicios de Vigilancia y Seguridad, con implantación nacional, y reportando a la Dirección de la empresa, abrimos el proceso de selección del Jefe de Seguridad.
Su día a día en la compañía será como Experto en la Ley de Seguridad Privada y dará soporte informativo y operativo a toda la compañía en lo relativo al cumplimiento interno, prestación de servicios y relaciones con clientes y organismos públicos, sobre todo con Policía, Guardia Civil y otros Cuerpos de Seguridad del Estado.
Funciones
Las recogidas en el artículo 35 de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada, y en concreto:
* Estudios de evaluación de riesgos, planes de seguridad de las instalaciones que le encomiende la dirección, la planificación y programación de las actuaciones precisas para la implantación y realización de los servicios de seguridad privada si fuese necesario.
* Planes operativos y órdenes de puesto, desarrollo de las funciones a realizar por el personal operativo al inicio de los servicios.
* La propuesta de los sistemas de seguridad que resulten pertinentes, y el control de su funcionamiento y mantenimiento, pudiendo validarlos provisionalmente hasta tanto se produzca la inspección y autorización, en su caso, por parte de la Administración.
* El control de la formación permanente del personal de seguridad que de ellos dependa, y la propuesta de la adopción de las medidas o iniciativas adecuadas para el cumplimiento de dicha finalidad.
* La coordinación de los distintos servicios de seguridad que de ellos dependan, con actuaciones propias de protección civil en situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad pública.
* La garantía de la colaboración de los servicios de seguridad con los de las correspondientes dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
* La supervisión de la observancia de la normativa de seguridad privada aplicable.
* La responsabilidad sobre el control, la custodia y el traslado de armas de titularidad de la empresa a la que pertenezca, de acuerdo con la normativa de armas y con lo que reglamentariamente se determine.
Perfil de las candidaturas, imprescindible cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley de Seguridad Privada
* Habilitación como Jefe de Seguridad expedida por el Ministerio del Interior.
* Experiencia posición similar en seguridad privada.
* Relaciones con organismos públicos, Policía, Guardia Civil y otros Cuerpos de Seguridad del Estado.
* Capacidad de liderazgo y toma de decisiones.
Deseables:
* Experiencia previa como Director de Seguridad o en puestos similares.
* Formación universitaria o específica en Seguridad Privada.
* Manejo de herramientas y sistemas de seguridad (CCTV, CRA, alarmas, etc.).
* Salario competitivo.
* Entorno profesional, con servicios referentes en organismos públicos y empresas privadas.